Acerca de la Providencia Administrativa del SENIAT SNAT/2017/0048 (cambio de alícuota o mostrar rebaja).
Como en casos anteriores, los cambios propuestos en providencias administrativas similares, han generado muchas diatribas sobre el correcto proceder para aplicar los cambios exigidos.
En la práctica, antes de aplicar una u otra metodología tratamos de consultar a la mayor cantidad posible de personas y nos inclinamos por la opción que mayores defensores posea.
Sin embargo, cuando algún ente gubernamental que exija o utilice la información ya estipule el formato en que se debe presentar, siempre elegiremos esta vía porque consideramos que indistintamente del criterio que más peso este ganando en los debates tributarios, nuestros usuarios van a requerir que el sistema se ajuste a ese formato.
Aplicando lo anterior, el SENIAT ha dispuesto que al momento de cargar los valores para efectuar la declaración electrónica del IVA, estos deben desglosar las alícuotas del 9%, 5% y 12% según corresponda, entonces, tomando en cuenta el paso adelantado que ha dado el SENIAT, consideramos que la información del resumen del libro de compra, libro de venta y resumen para cumplir con el artículo 72 del reglamento del IVA, debe desglosar la información de esa forma, tal como lo solicita el SENIAT en su formulario oficial.
A nuestro juicio, consideramos que si la forma correcta de reflejar la rebaja de la alícuota fuese en un campo independiente, la planilla para la declaración del IVA debió habilitar un campo para registrarlo y adicionalmente un campo para totalizar el crédito o débito fiscal neto y a partir de allí continuar con el resto de los cálculos.
La misma lógica la aplicamos para las retenciones de IVA, la emisión de los comprobantes de retención de IVA y la declaración electrónica de las retenciones de IVA (archivo TXT); de ser correcto registrar la rebaja, era necesario incorporar dos columnas en el archivo: una para reflejar la rebaja y otra para utilizarla en los cálculos de retención (IVA inicial – rebaja del IVA).
Sin embargo es preciso indicar que nos mantenemos atentos a cualquier novedad sobre el tema y de ser preciso, aplicaremos cualquier cambio que sea requerido para mantener el sistema ajustado a la legislación vigente.
Actualización al 17/10/2017: El SENIAT ha emitido un memorando interno donde se indican los lineamientos generales en materia de reducción de alícuotas. La información pueden descargarla haciendo clic aquí.